Aprobada la Orden Ministerial con especificaciones técnicas para los sistemas «VeriFactu»
La Orden Ministerial HAC/1177/2024, publicada en el BOE el 28 de octubre de 2024, establece los requisitos técnicos y funcionales que deberán adoptar los sistemas informáticos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, conforme al «Reglamento VeriFactu».
La OM no modifica los plazos de implementación ya establecidos, por lo que empresas y profesionales deberán adaptar sus sistemas de información a las especificaciones del reglamento antes del 1 de julio de 2025.
El Real Decreto 1007/2023 establece la obligación para empresas y profesionales de utilizar Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) que soporten procesos contables, de facturación o de gestión que garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturas. Alternativamente, se permite el uso de sistemas VeriFactu para el envío de los registros de facturación a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
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¿Cómo se identifican las facturas VeriFactu?
Cuando una empresa o profesional envíe a la AEAT todos sus registros de facturación, es necesario dejar constancia de este procedimiento en las propias facturas. Para ello, las facturas VeriFactu deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Incorporar un código QR con una serie de datos identificativos de la factura.
Incluir una referencia indicando que han sido generadas mediante un sistema de emisión de facturas verificables con la etiqueta "VERI*FACTU".